miércoles, 13 de abril de 2011

Modelo de Utilidad

Introducción
 Las patentes han servido para proteger la explotación de invenciones por parte de su titular o creador. Esto ha permitido el desarrollo industrial de muchos países, los cuales paulatinamente, han incursionado en el mercado internacional, generando grandes ingresos a través de la transferencia de tecnología, licencias, asesoramiento técnico y cualquier otro medio derivado de una explotación económica.
En países en vías de desarrollo, donde el área investigativa y generadora de tecnologías de avanzada se encuentran en una etapa sensiblemente más atrasada que en los países desarrollados, dependen en la mayoría de los casos, de las tecnologías que puedan adquirir de otros países. Esto produce una dependencia tecnológica que sólo podrá cesar si países como Venezuela invierten en el área investigativa y de desarrollo tecnológico. Esto último con el fin de adaptar y mejorar tecnologías acordes con necesidades propias que se susciten en ésta área. Ciertamente no se alcanzará o sobrepasará el estado de la técnica de un día a otro. Un importante avance podría consistir en seguir como primer paso el ejemplo de países como la China o Japón, donde el modelo de utilidad cobró importancia, llevándolos a mejorar las herramientas y artefactos que producían en otros países hasta elevarse por sobre el estado de la técnica y posicionarse como grandes fuerzas industriales a nivel mundial.
 Es importante resaltar que no existe una fórmula que active por sí misma todo el aparato productivo de un país, pero sí toda una serie de políticas que funcionen de manera integrada con miras a ese fin. Esas políticas serán de orden económico, político y social, las cuales merecen un extenso análisis y escapa a los fines de esta monografía.
 A lo largo de este trabajo, observaremos la legislación de la Comunidad Andina relativa a la Propiedad Industrial en especial lo relacionado con el modelo de utilidad dentro de la Decisión 486, la cual rige el derecho en ésta materia en nuestro país. También se observarán los elementos necesarios para la patentabilidad de un modelo de utilidad, así como su relevancia en el campo industrial.
Concepto
Un modelo de utilidad es un título que reconoce a su titular, a la PYME, el derecho de explotar en exclusiva una invención, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin su consentimiento durante el período de tiempo determinado. Y como contrapartida a dicho título que otorga el Estado, el modelo de utilidad es publicado por la Oficina Española de Patentes y Marca a través de su boletín, con el fin de que pueda ser conocida por cualquiera y, de este modo, contribuir al avance de la ciencia.
 
Objetivo
Un modelo de utilidad protege invenciones con menor rango inventivo que las protegidas por patentes, y puede consistir, por ejemplo, en dar a un objeto una configuración o estructura de la que se derive alguna utilidad o ventaja práctica
Otorgar una protección exclusiva, que sirva de complemento a las patentes, para las invenciones técnicas que presenten rasgos novedosos y cierto grado de invención. Este complemento lógico a la patente permitiría aumentar las actividades innovadoras y, por consiguiente, la competitividad de las empresas europeas en el mercado interior.
Sea cual sea el objeto del modelo de utilidad, debe cumplir los llamados tres requisitos de patentabilidad: novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.
Al igual que las patentes, el derecho otorgado a la PYME por un modelo de utilidad, no es tanto el de la fabricación, el ofrecimiento en el mercado y la utilización del objeto del modelo, que siempre tiene y puede ejercitar su titular, sino, sobre todo y singularmente, "el derecho de excluir a otros" de la fabricación, utilización o introducción del producto o procedimiento patentado en el comercio.
CARACTERÍSTICAS:
Las características necesarias para la obtención de un modelo de utilidad son las siguientes:
MODELO DE UTILIDAD: Novedad + Altura Inventiva
- Novedad: La invención no debe de haber sido inventada, efectuada o utilizada anteriormente.
- Altura Inventiva: Para que se considere patentable una invención, ésta debe representar un avance suficiente en relación con el estado actual de la técnica. La invención no debe de ser obvia, es decir, que si dicha invención es evidente para una persona con conocimientos medios en el ámbito de la técnica en cuestión, no se cumplen los criterios que conducirán a una protección por patente.
Diferencia entre patente y modelo de utilidad
Toda invención por lo general, parte del estado de la técnica conocido, detecta un problema a resolver y propone una solución técnica para ese problema, valiéndose en la mayoría de los casos de elementos conocidos que, combinados de una manera especial, dan origen a un nuevo objeto desconocido hasta ese momento. Existen casos de invenciones que no parten de algo conocido, sino que definen de cero una nueva tecnología que reemplaza a la anterior, como fue el rayo láser en su momento o la tecnología digital versus la analógica. Este tipo de invenciones son esporádicas y por lo general marcan hitos culturales que definen una época, por lo cuál no son un ejemplo representativo de lo que se considera una invención “tipo”.
Una patente de invención puede ser un objeto, un procedimiento, un aparato para fabricar el objeto, un compuesto químico, un uso de un compuesto químico, un microorganismo, etc. En todos los casos, una patente de invención debe cumplir con los tres requisitos de patentabilidad: novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.
Un modelo de utilidad se otorga únicamente a una disposición o forma nueva obtenida o introducida en herramientas, instrumentos de trabajo, utensilios, dispositivos u objetos conocidos que se presten a un trabajo práctico, en cuanto importen una mejor utilización en la función a que estén destinados. En todos los casos, un modelo de utilidad debe cumplir con dos requisitos de patentabilidad: novedad y aplicación industrial, pero puede no tener actividad inventiva, ya que este requisito no es obligatorio. Esto significa que se evaluará que el objeto sea novedoso y que realmente le sea conferida una mejor “utilidad” por medio de alguna modificación en su estructura, no importando que dicha modificación sea obvia para una persona del oficio de nivel medio.

Otras diferencias entre patentes y modelos de utilidad es la duración y los costos de las mismas. Mientras que las patentes se conceden por 20 años a partir de la fecha de presentación, los modelos de utilidad de otorgan por 10 años y todos los aranceles del trámite corresponden al 50 % de los de patentes.
Conclusiones
El modelo de utilidad parece no haber alcanzado el grado de atención que se merece en nuestro país. La relevancia económica que poseen los modelos de utilidad a nivel mundial, ha rendido sus frutos en diversos países como Alemania, Japón y China, por nombrar solo algunos.
No hay que olvidar que el ritmo del desarrollo tecnológico es acelerado, y por ende, es necesaria la celeridad en los procedimientos registrales para otorgar las patentes y un criterio más flexible en el caso específico de los modelos de utilidad, ya que el tiempo de protección no transcurre desde el momento de su otorgamiento sino desde la presentación de la solicitud en la oficina de registro, y cada mes o año que pasa la solicitud en dicha oficina, es un mes o año que el solicitante deja de percibir potenciales ingresos económicos.

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